La Sala Regional de Ciudad de México del TEPJF se lavó las manos al dar carpetazo a las más de 100 impugnaciones que presentaron militantes de Morena respecto la designación de candidaturas pues se ordenó a la CNE notificar los criterios de calificación y evaluación de los perfiles seleccionados a los afectados, entre ellos Gabriel Biestro, Marisol Cruz, Gustavo Vargas, Adán Xicale, entre otros.
En sesión de la Sala Regional del TEPJF, los magistrados analizaron una serie de impugnaciones presentadas por inconformidades en las designaciones de candidaturas para el estado de Puebla, superando las 250 y únicamente enfocadas en el partido de Morena.
Con esta resolución, los quejosos ahora podrán impugnar las designaciones a las candidaturas, pero solo tendrán las dos semanas que restan de campaña para que resuelvan sus impugnaciones para quitar a los candidatos, por lo que el TEPJF se deslindó de los conflictos morenistas dejándolos sin tiempo para el siguiente paso de su proceso.
Tras la revisión de los casos, los magistrados únicamente resolvieron a favor de los quejosos 133 procedimientos, evidenciando falta de transparencia en el proceso de selección que encabezó la Comisión Nacional de Elecciones puesto que le ordenó al órgano partidista presentar los criterios de calificación y evaluación de los perfiles que eligieron para dichos cargos a las personas inconformes.
Anteriormente, Gabriel Biestro Medinilla ganó un juicio ante el mismo Tribunal Electoral para que se diera a conocer los lineamientos de selección para determinar que Claudia Rivera Vivanco fuera la candidata del partido para la capital poblana, con lo que se evidenció que no se aplicaron encuestas para elegir a la alcaldesa con licencia pese a que asà lo establecÃa la convocatoria.
Entre los actores morenistas que destacan en las impugnaciones resueltas a su favor están Tonantzin Fernández por la alcaldÃa de San Pedro Cholula, Adán Xicale por San Andrés Cholula, Luis Alberto Arriaga por la alcaldÃa de San Pedro Cholula, Marisol Cruz GarcÃa por la alcaldÃa de Tecamachalco, entre otros.
SRCDMX ordena a MORENA entregar la evaluación de los perfiles de las personas designadas candidatas a diversos cargos de elección en Puebla
15/mayo /2021 / Sala Regional Ciudad de México 28/2021
Ciudad de México
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, ordenó a la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA entregar la evaluación y calificación de los perfiles de las personas que designó como candidatas a diversos cargos de elección popular en el estado de Puebla.
Al dictar sentencia en el juicio SCM-JDC-545/2021 y acumulados, el Pleno señaló que a la fecha en que se resuelve, no existe ya la omisión de publicar la lista de las solicitudes de registro aprobadas para los cargos de presidencias municipales, sindicaturas, regidurÃas y diputaciones locales. No obstante, la parte actora no supo que la solicitud de su registro no fue aprobada por la Comisión de Elecciones, ni las razones por las que el partido realizó las designaciones a las diversas candidaturas.
En ese sentido, se estimó que el partido debe darle a conocer la evaluación y calificación del perfil de las personas que fueron designadas como candidatas, a fin de salvaguardar su derecho de acción y defensa.
Respecto a las candidaturas postuladas por un partido distinto a MORENA, se explicó que derivado del Convenio de Coalición que suscribió con otro partido, éste ya no postuló candidatura en los municipios de San Salvador el Verde, Tlahuapan y Cuetzalan del Progreso, en los que la parte actora se inscribió en el proceso interno, lo que detonó en que ya no tuviera que realizar designación en dichos procesos.
En consecuencia, la Sala Regional ordenó entregar a diversas personas promoventes la evaluación y calificación del perfil de quienes fueron designadas como candidatas a distintos cargos de presidencias municipales, sindicaturas, regidurÃas y diputaciones locales en el estado de Puebla, documento que deberá exponer de manera fundada y motivada las consideraciones que sustentan tal determinación. Asimismo, desechó y sobreseyó otros juicios por falta de firma autógrafa en el escrito de demanda o de interés jurÃdico para cuestionar el proceso interno del partido.
0 Comentarios