La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por unanimidad, los acuerdos emitidos por dos consejos municipales del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, que negaron a los actores la calidad de aspirantes a candidatos independientes a una diputación y a las presidencias municipales de Cuautla y Cuernavaca respectivamente.
Al resolver los juicios de la ciudadanía SCM-JDC-257/2020, SCM-JDC-258/2020 y SCM-JDC-268/2020, el pleno determinó fundados los agravios presentados por la parte actora, pues como sostuvo al resolver el juicio de la ciudadanía 225 de este año, está acreditado que el Consejo Estatal tuvo conocimiento de que en el marco de la emergencia sanitaria actual, diversas personas interesadas en registrar una candidatura independiente - incluidos los actores - tuvieron dificultad para obtener una cita ante el SAT, a fin de tramitar el RFC de sus asociaciones civiles, lo cual es un requisito indispensable para la obtención de la calidad de aspirante.
Asimismo, señaló que los anteriores son requisitos indispensables ya que permiten a la autoridad administrativa dar orden y transparencia al manejo y fiscalización del financiamiento que eventualmente utilizarían si logran su registro como aspirantes, por lo que al revocar los acuerdos controvertidos, ordenó a las autoridades responsables recibir la documentación faltante, revisarla y pronunciarse al respecto en una nueva resolución.
Además, esta Sala consideró que para reponer debidamente el derecho de los actores a ser votados como candidatos independientes, es necesario que cuenten con la totalidad del plazo establecido para la obtención de apoyo ciudadano, siempre y cuando los consejos municipales correspondientes estimen que los documentos aportados cumplen con los requisitos necesarios.
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