La FederaciĆ³n para la Defensa de Escuelas Particulares expresĆ³ su rechazo a la medida contemplada por la ProcuradurĆa Federal del Consumidor, en la que los colegios particulares estĆ”n obligados a devolver el monto de reinscripciĆ³n a los padres de familia que decidan cambiar de escuela a sus hijos.
SegĆŗn un comunicado emitido por la FEDEP, esta medida interfiere con lo establecido en los contratos entre el colegio y el solicitante del servicio educativo, por lo que no deben intervenir autoridades como la SecretarĆa de EducaciĆ³n PĆŗblica o la PROFECO.
“Por tanto, ante cualquier solicitud de devoluciĆ³n que tengan las escuelas, deberĆ”n considerar exclusivamente los tĆ©rminos previstos en sus respectivos contratos, y, en caso de tener alguna duda, les pedimos contacten a sus respectivos asesores jurĆdicos de la FEDEP”, detallĆ³ el texto.
En el mismo documento, cuestionaron la supuesta disposiciĆ³n del titular de la PROFECO, Ricardo Sheffield Padilla, en el que los colegios que no cumplan con el llamado de conciliaciĆ³n serĆ”n acreedoras de una multa de tres millones de pesos.
Profeco, busca conciliar
Por su parte, la procuradurĆa informĆ³ en un comunicado que, derivado del modelo de educaciĆ³n hĆbrida de la pandemia de COVID-19, exhortĆ³ a las instituciones educativas a conciliar intereses y los montos en el cobro de colegiaturas, cuotas de inscripciĆ³n y de reinscripciĆ³n.
“Cabe seƱalar que la contraprestaciĆ³n econĆ³mica debe ser proporcional a la calidad y naturaleza de la enseƱanza recibida, a la diversidad de los servicios y a las instalaciones y recursos acadĆ©micos que las escuelas particulares utilizan para el cumplimiento de su objeto”, expuso.
SeƱalĆ³ tambiĆ©n que estĆ” impedida por disposiciĆ³n legal a fijar precios en cualquier producto, por lo cual hizo un llamado a conciliar intereses econĆ³micos y educativos.
LegislaciĆ³n en Puebla
En este tenor, la reciĆ©n aprobada ley de EducaciĆ³n estipula en el artĆculo 146 en su pĆ”rrafo tres, que “derivado de las acciones de vigilancia, si las autoridades respectivas identifican que los particulares han aumentado los costos en la prestaciĆ³n de los servicios educativos sin apego a las disposiciones aplicables en la materia, darĆ”n aviso a las autoridades competentes para los efectos a los que haya lugar”
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