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Se acaba el negocio de libros de texto de escuelas particulares

De conformidad con lo establecido en el último párrafo del Artículo 66 de la nueva ley educativa en el Estado, se establece que:
Los libros de texto que se utilicen para cumplir con los planes y programas de estudio para impartir educación por el Estado y que se derive de la aplicación del presente Capítulo, serán los autorizados por la autoridad educativa federal en los términos de la Ley General de Educación, por lo que queda prohibida cualquier distribución, promoción, difusión o utilización de los que no cumplan con este requisito. Las autoridades escolares, madres y padres de familia, tutoras o tutores harán del conocimiento de las autoridades educativas estatal o municipales cualquier situación contraria a este precepto. 
Nota: Todos los artículos se refieren a la Ley de Educación del Estado de Puebla promulgada y publicada el POE el 18 de mayo de 2020

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